Sabemos la importancia que tiene el hecho de proteger la Propiedad Intelectual, por eso es necesario dejar bien en claro cuál es el caso en que se exceptúa el Derecho de Propiedad.
La Resolución 35/1996 indica que antes de sembrar la denominada “semilla de uso propio” usted debe estar inscripto como Productor Agrícola, adquiriendo dicha semilla de forma legal y sembrándola en su predio. La semilla que surja de la siembra anterior se considerará “semilla reservada” y podrá ser usada para futuras siembras siempre dentro de su predio.
Esta semilla tiene que estar separada del grano que usted comercializa y debe conservar su identidad durante las diferentes etapas que transita: procesamiento, acondicionamiento y depósito, hasta que sea sembrada.
Respetando estas condiciones, y mientras mantenga la semilla dentro de su predio de explotación, no es necesario solicitar la autorización del Obtentor. Tampoco necesitará autorización del Obtentor para trasladarla a otro predio de su propiedad.
Distinto es el caso si usted necesita acondicionar, clasificar y/o almacenar la semilla reservada para uso propio en un depósito que no es de su pertenencia. En ese caso tiene que solicitar la autorización del Obtentor cuando se trate de semillas protegidas. Por su parte, el criadero propietario tiene un plazo de 30 días para aceptar o denegar dicha autorización. Cumplido el plazo, de no mediar respuesta, la autorización se considerará aceptada.
Si la variedad que usted está reservando como semilla de uso propio es comercializada bajo el sistema de Regalía Extendida, debe cumplir con las condiciones de uso de la misma, que son propias de cada obtentor comercializador de dicha variedad. Declare al momento de sembrar el uso de la semilla según las condiciones del obtentor y siga disfrutando de sus beneficios.
Tenga presente que como Productor Agrícola propietario de la semilla usted es el responsable de la identificación y trazabilidad de esa semilla. Entregue una copia de la documentación pertinente al procesador o depositario, adjuntando también la autorización del Obtentor.
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