La Resolución 425/2026 incorpora al sistema de gestión del INASE la posibilidad de inscribir lotes de producción de semillas de cultivares que aún se encuentran en trámite de inscripción en el Registro Nacional de Cultivares (RNC). El objetivo es modernizar y digitalizar los procedimientos de fiscalización, reducir trámites administrativos, mejorar la trazabilidad y facilitar la introducción de nuevas variedades al mercado.
Asimismo, establece las condiciones para que las empresas puedan producir y reservar semillas mientras se completa el proceso de inscripción registral, manteniendo los controles de fiscalización correspondientes.
Puntos clave:
- Se autoriza la inscripción de lotes de producción de semillas de cultivares en trámite de inscripción en el RNC.
- El trámite deberá realizarse de forma digital a través del Sistema de Gestión del INASE.
- La solicitud sólo podrá ser presentada por el titular del expediente de inscripción de la variedad.
- Los lotes deberán cumplir con los requisitos de fiscalización vigentes para cada especie.
- Una vez finalizado el ciclo de cultivo y mientras continúe el trámite registral, la producción podrá reservarse mediante la opción “Carrie” para su comercialización en la campaña siguiente.
- No podrán emitirse Documentos de Autorización de Venta (DAV) ni realizarse cesiones de lotes o producción hasta que el cultivar esté inscripto y publicado en el Catálogo Nacional de Cultivares.
- El período máximo de permanencia bajo esta modalidad será de dos años, tras lo cual la producción reservada deberá descartarse (excepto especies de multiplicación agámica).
Más información en: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/345615/20260806