Se acerca el vencimiento de la presentación en SISA para los cultivos de verano y del mismo modo que con los cultivos de invierno queremos ofrecer asistencia a los productores en la preparación del formulario, y contar cuál es el impacto que tiene este Sistema en la actividad cotidiana de nuestra comunidad.
Antes que nada, algunos datos formales.
El nombre completo es Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA), y fue creado en 2018 con el objeto de reemplazar los registros y regímenes informativos varios que iban sumando datos de las diferentes actividades.
Con esta centralización de las declaraciones se logró finalmente simplificar el manejo de información vinculada a la actividad de producción y comercialización de granos y semillas en proceso de certificación, y legumbres secas.
Entonces, es importante tener presente que SISA incluye todas las actividades – primarias y secundarias – que corresponden a una misma CUIT – no solo la actividad principal, o las actividades de un predio en particular, como era antes de la centralización.
¿Quiénes deben inscribirse?
La inscripción es obligatoria y gratuita si usted es:
- Productor de granos y semillas: en proceso de certificación para cereales y oleaginosas y para legumbres secas.
- Operador: en caso de que participe de la cadena de comercialización de los productos mencionados.
- Propietario, copropietario, usufructuario y/o ocupante: mientras desarrolle el cultivo de las especies mencionadas en tierras situadas dentro del país. Si reside en el exterior, necesitará un representante dentro del país.
¿Qué tipo de información se declara en SISA?
La información se divide en tres Ejes temáticos:
Categoría – donde se empadronan todas las Categorías correspondientes a las actividades que realiza (Ejemplos: Productor, Acopiador, Arrendador, Desmotador de algodón, etc.).
Superficie / Actividad – En la opción Superficie los propietarios, copropietarios, usufructuarios y ocupantes empadronan los domicilios rurales, y en la opción Actividad los Productores de granos y semillas declaran sus actividades agrícolas y Subcontratantes de tierras rurales declaran sus contratos celebrados.
Información de Producción – La Información Productiva (IP) es obligatoria para Productores respecto a sus existencias y superficies sin tener en cuenta el destino final.
Estos datos se deben suministrar mediante dos presentaciones:
IP 1: desde el 1º al 31 de octubre de cada año, comprendiendo:
Existencia al 30 de septiembre de cada año.
Superficie agrícola destinada a los cultivos de cosecha fina de invierno.
Variedad sembrada – Cebada, Trigo y Arveja – (INASE).
IP 2: desde el 1º de enero hasta el último día de febrero de cada año, para:
Superficie agrícola destinada a los cultivos de cosecha gruesa de verano.
Variedad sembrada – Soja, Algodón, Maní y Arroz – (INASE)
Tenga en cuenta que la Información Productiva se debe completar siempre, aunque no tenga existencias.
RECUERDE QUE
Para no incurrir en incumplimiento por error, las existencias deben expresarse con el nombre correcto de cada variedad de semilla.